Participó en la sentencia que recortó el Estatut, la causa que el nacionalismo catalán esgrime como el inicio del proceso separatista. ¿Cuál de las modificaciones que se hicieron cree que pudo sentarles peor? ¿Repetiría el fallo que emitió entonces?
Creo que no es razonable imputar a esa sentencia el nacimiento del problema de lo que después sería el procés. La sentencia lo que vino es a declarar inconstitucionales catorce preceptos del Estatuto que, a juicio del Tribunal, lo eran. El problema, como muy bien dijo Alfonso Guerra hace unos días en una entrevista que le hicieron en un periódico, no era la sentencia: el problema era el Estatuto. Por tanto, el Tribunal hizo lo que tenía que hacer.
Además, aquella sentencia fue unánime en su fundamentación jurídica. No hay más que leérsela. Únicamente, fue mayoritaria en el fallo. Porque los votos particulares en contra lo que venían a mantener simplemente es que aquellos preceptos que habíamos salvado, dotándolos de una interpretación constitucional porque entendíamos que con su tenor literal eran inconstitucionales, eran todos inconstitucionales y así tenían que haber sido declarados. Por tanto, creo que no es correcto que se diga lo que se dice sobre aquella sentencia.
La amnistía, aún no conocida en detalle, supondría la negación y eliminación de unos hechos que han sido conocidos, juzgados y condenados por la Justicia. ¿Abre un precedente peligroso?
Con esa condición y si finalmente se lleva a cabo, sí. No conocemos el texto todavía, pero si se llevara a cabo según parece, en los términos en que parece que se está acordando, claro que sería una deslegitimación total de nuestro sistema constitucional, de nuestro Estado de derecho, de la división de poderes y de la igualdad de todos españoles. A mí no me gusta, sin ninguna duda. En fin, ya veremos lo que pasa.
Algunas voces políticas y mediáticas claman contra aquellas actuaciones judiciales que pueden perjudicar sus intereses partidistas. Se acusa, por ejemplo, al juez García-Castellón de usar el caso de Tsunami Democràtic en plena negociación de la investidura. Supongo que entiende que estas manifestaciones dañan su credibilidad ante la opinión pública.
Por supuesto. El juez es independiente a la hora de enjuiciar los asuntos que tiene que tratar y conviene que en un Estado de derecho no se haga esa deslegitimación del Poder Judicial. La Justicia va por su cuenta y la política por la suya. Lo que ocurre es que en un Estado constitucional la política está subordinada al Derecho, así de sencillo. Esa es la situación que tenemos.
Puigdemont sigue en Waterloo. No lo extraditan por la acusación de sedición. Los países que se han negado a hacerlo, ¿cometen un error y prejuzgan de manera negativa el ordenamiento español?
Pienso que hubo un error en la no aceptación de las órdenes de detención y entrega. Y que además el Tribunal de Justicia de la Unión Europea debería de haber ya rectificado. España, como es miembro de la Unión, tiene todo el derecho a que se entreguen, y no a que se extraditen porque es una orden de entrega, a aquellos delincuentes perseguidos por la justicia de un Estado de derecho que forma parte de la Unión Europea.
Algunos de los socios del Gobierno esbozan la plurinacionalidad como solución a las tensiones territoriales. ¿Cabe una nación de naciones en la Constitución?
La sentencia 31/2010 [del recurso de inconstitucionalidad de reforma del Estatuto de Cataluña] lo ha dibujado muy claro. En sentido literario, geográfico o político se puede hablar de naciones varias. Pero en sentido constitucional, como dijo aquella sentencia, no hay mas nación que la española. Y esto es algo obvio, porque la soberanía ha de ser una, atribuida a una única nación y no a una pluralidad de naciones. El Estado plurinacional es absolutamente incompatible con el Estado constitucional de derecho.
¿Habría alguna forma de modular una hipotética consulta sobre el estatus de Cataluña? ¿Quiénes y de qué manera podrían decidir?
No, lo único que cabe en nuestro ordenamiento es una consulta en Cataluña para la reforma del Estatuto de Autonomía. Y nada más.
La autodeterminación, tantas veces invocada, ¿cabe en el ordenamiento jurídico español? ¿Existe esa posibilidad en otros países próximos?
En ninguno. Ni en nuestro ordenamiento jurídico ni en ninguno de los próximos al nuestro. Ni en Italia, Alemania o Estados Unidos cabe el derecho de autodeterminación porque eso impugna exactamente la unidad de la nación que es propia del Estado constitucional. No cabe, ni siquiera a mi juicio, que a través de una reforma constitucional se introduzca el derecho de autodeterminación, porque entonces esta Constitución reformada no sería Constitución dado que ya no habría unidad de la soberanía.
¿Qué salud tiene la Constitución 45 años después de su promulgación?
Es una buena Constitución en su texto, aunque se requiera de alguna reforma cuando haya oportunidad de ello, sobre el título octavo para la distribución de competencias territoriales. La Constitución es buena y creo que la mayoría de la sociedad española sigue apoyándola. El problema ha venido porque uno de los partidos claves para que aquella Constitución fuera posible y para que la Transición fuera posible, que es el Partido Socialista, parece que ahora se ha desentendido de esa función que en su día desarrolló.
¿Qué reformas caben en la Carta Magna si se pretenden hacer con un grado de aprobación popular similar al que se alcanzó en 1978?
Lo que es evidente es que no se reforma la Constitución sin un consenso muy amplio. Creo que las únicas reformas que serían convenientes, cuando haya ese consenso, serían dos. Por una parte, la supresión de la preferencia del varón sobre la mujer en el acceso al trono, cosa que la naturaleza ha resuelto por ahora sin problema y que, por tanto, no corre prisa. La otra sería posiblemente la modificación del título octavo para dejar más clara la distribución territorial de competencias.
¿Leonor ya es la heredera. ¿Tiene futuro la institución?
Creo que sí tiene futuro. Entre otras cosas, porque si no tiene futuro la Corona no tiene futuro la Constitución.
El CGPJ sigue pendiente de renovación. ¿Cómo debería formarse el gobierno de los jueces?
He dicho muchas veces, también por escrito, que el Gobierno de los jueces tendría que ser por un lado, según exige la Unión Europea, con una mayoría de designación por los propios jueces. Y en segundo lugar, con unas renovaciones basadas en el consenso. Es decir, en los vetos mutuos dentro de las negociaciones parlamentarias políticas para renovarlo. Si no hay vetos mutuos, opera la cuota. Y la cuota es nefasta para la legitimidad de las instituciones.