La Comisión de Venecia avala que se tramite la ley de amnistía

EFE
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El órgano consultivo del Consejo de Europa establece que la presentación del texto no afecta a la separación de poderes pero advierte que no puede diseñarse para personas concretas y cuestiona el procedimiento de urgencia

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños - Foto: Fernando Sánchez Europa Press

La Comisión de Venecia, órgano consultivo del Consejo de Europa, avala en el borrador de su informe la existencia de una ley de amnistía, aunque critica el procedimiento elegido para su debate, propone mejoras -como precisar el ámbito temporal y material-, y llama a dialogar sin prisas antes de aprobarla.

En un borrador de su informe final, al que ha tenido acceso EFE y que deberá ser revisado por el pleno de ese órgano el 15 de marzo, la Comisión hace primero una exposición general sobre las condiciones que debe cumplir una amnistía tras recoger información en 54 estados, algunos de los cuales cuentan con leyes de este tipo.

Advierte de que la función de este órgano no es intervenir en el debate político, pronunciarse sobre la conveniencia de la proposición de ley (pactada entre el PSOE, Junts y ERC y aún en tramitación parlamentaria), ni sobre su idoneidad para lograr el objetivo declarado, "ya que se trata de decisiones políticas que deben tomar el Gobierno y el Parlamento españoles".

Tampoco se pronuncia sobre la constitucionalidad de la iniciativa, "que es una cuestión que en última instancia debe decidir el Tribunal Constitucional", ni sobre su compatibilidad con el Derecho de la Unión Europea.

Requisitos generales para una amnistía

El borrador avala la posibilidad de una ley de amnistía siempre que cumpla con los requisitos de legalidad, respeto al derecho internacional, seguridad jurídica al definir con claridad los actos amnistiados y las excepciones, una tramitación que permita debate y participación y respeto a la independencia del poder judicial.

Señala que en general las amnistías están motivadas por razones de reconciliación social y política, unos "objetivos legítimos que deben alcanzarse mediante métodos y procedimientos coherentes", entre los que apunta la inclusividad, la participación, los plazos adecuados y los debates públicos.

Sobre la proposición de ley

Respecto a la proposición concreta registrada en el Congreso, la Comisión señala que no afecta a la separación de poderes, ya que deja en manos de los jueces la amnistía de los actos concretos conforme a la norma.

El borrador, que en su parte general señala que "los procedimientos legislativos acelerados no son apropiados para la adopción de leyes de amnistía", observa que en este caso concreto se ha optado por la forma de proposición de ley en lugar de proyecto de ley, lo que limita las consultas, y además se ha seguido un procedimiento de urgencia.

Advierte de que la proposición "ha provocado una profunda y virulenta división en la clase política, en las instituciones, en el poder judicial, en el mundo académico y en la sociedad de España" y anima a todas las autoridades a tomarse "el tiempo necesario para entablar un diálogo significativo".

El texto hace una serie de recomendaciones para mejorar la norma en varios aspectos, entre ellos el ámbito material y temporal de aplicación, que considera muy amplio y bastante indeterminado, por lo que sugiere definirlo de manera más precisa "para hacer más previsibles los efectos de la ley".

También recomienda que se establezca una relación causal más estrecha entre "las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, su preparación o sus consecuencias" y los actos de malversación y corrupción.

El informe, que toma como referencia la versión de la proposición del 13 de noviembre, propone eliminar el criterio por el que delitos de terrorismo queden o no excluidos en función de si hay sentencia firme, un aspecto que se ha modificado posteriormente vía enmiendas.

El informe advierte también de que las comisiones de investigación creadas en el Congreso -como la de la llamada operación Cataluña- no deben utilizarse para exigir información a los jueces, en especial sobre los casos en los que han intervenido.