Nuevo periodo de alegaciones en el censo de máquinas de juego

EP
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La Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego de Castilla-La Mancha ha abierto un nuevo período de alegaciones. Se han detectado problemas técnicos que han impedido temporalmente la consulta completa y adecuada del censo fiscal

Nuevo periodo de alegaciones en el censo de máquinas de juego

La Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego ha abierto un nuevo período de alegaciones en el censo fiscal de las máquinas de juego autorizadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Así consta en la resolución de dicha dirección general que publica este miércoles el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que, a fecha de 1 de julio, se han detectado problemas técnicos que han impedido temporalmente la consulta completa y adecuada del censo fiscal de las máquinas de juego autorizadas en la comunidad autónoma.

"Con el fin de no perjudicar los derechos tributarios de los obligados incluidos en este censo, garantizando un adecuado acceso a la información del mismo, se estima conveniente la apertura de un nuevo plazo para que los citados puedan efectuar las alegaciones que consideren oportunas sobre el contenido del censo", dice la directora general de Tributos y Ordenación del Juego, Susana Pastor.

Así, los titulares de las autorizaciones de explotación de las máquinas o aparatos de juego incluidos en el censo que se aprueba podrán presentar alegaciones durante 10 días, a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta Resolución ante la Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas que tenga asignada la gestión de la correspondiente máquina, a quien corresponderá su resolución.

Transcurrido el plazo señalado en el punto anterior, las delegaciones provinciales de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital practicarán las liquidaciones correspondientes de acuerdo con los datos incluidos en el censo fiscal publicado y, en su caso, con las modificaciones al mismo incorporadas como consecuencia de las alegaciones presentadas.

El pago del tributo correspondiente a este período se realizará entre los días 1 al 20 del próximo mes de octubre por cualquiera de los medios y con los requisitos y condiciones establecidos en la normativa recaudatoria de esta Administración.

Los obligados podrán obtener los documentos de pago en el portal tributario de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los que se recogerán los medios y lugares de pago.

La falta de pago de las deudas en el referido período, salvo en los supuestos previstos legalmente, dará lugar al inicio del período ejecutivo, con el devengo de los recargos correspondientes, y a la ejecución inmediata de las fianzas depositadas.