Vasile, culpable por unanimidad de matar a Jesús en Gálvez

EFE
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El veredicto declara la responsabilidad del acusado en las lesiones de género a su expareja, en el allanamiento de morada y en el quebrantamiento de condena

Vasile, culpable por unanimidad de matar a Jesús en Gálvez - Foto: Ismael Herrero

El jurado popular declaró hoy culpable en su veredicto a Vasile, acusado de matar al compañero de su expareja y de herir a la mujer en la vivienda familiar en Gálvez. También lo declaró culpable de un delito de allanamiento de morada y de quebrantamiento de condena, puesto que el procesado tenía vigente una orden de alejamiento cuando entró en la casa en la que residía armado con un cuchillo con el que atacó a las víctimas.

Según explicó el portavoz del jurado, sus integrantes decidieron por unanimidad declararlo culpable del homicidio de Jesús, atendiendo a las declaraciones de su expareja y de una amiga de la mujer que estaba en la vivienda cuando ocurrieron los hechos, en la noche del 19 de diciembre de 2021.

Asimismo, tomaron como referencia la declaración del propio acusado a su compañero de piso, al que dijo que había matado a la pareja de su novia y no sabía si también a ella, además de las pruebas de los agentes de la Guardia Civil que realizaron el reconocimiento ocular y las pruebas de ADN y huellas que colocan al acusado en el lugar de los hechos.

Asimismo, el jurado consideró probada la circunstancia agravante de abuso de superioridad dada la diferencia de edad entre el acusado y la víctima (30 años de diferencia), así como que entró por la fuerza al domicilio armado con un cuchillo.

Además, apreció la atenuante de confesión tardía por su colaboración en los cuatro delitos, pese a que el acusado se negó a declarar en la primera sesión del juicio. En el turno de última palabra, reconoció ser el autor del homicidio.

El acusado también fue declarado culpable, por unanimidad del jurado, del delito de causar lesiones de género a su exnovia, aunque no del delito de homicidio en grado de tentativa que había solicitado el letrado de la acusación particular.

El portavoz del jurado indicó que se han basado en las pruebas forenses para considerar que no tenía intención de matar a su exnovia, puesto que los informes señalaban que las heridas no tenían profundidad ni gravedad y que no ponían en riesgo su vida, así como que no eran sangrantes y que se le dio de alta del hospital en nueve horas.

El jurado apreció las agravantes de reincidencia en violencia de género, por las condenas anteriores; y de abuso de superioridad dada la diferencia de género entre acusado y víctima. En relación al delito de quebrantamiento de condena, el jurado popular lo declaró culpable por unanimidad, basándose en las pruebas y la confesión del acusado, y que eran conscientes ambos de la prohibición de acercarse a la víctima pero que aún así tenían encuentros de carácter sexual.

En este punto también ha sido considerada la agravante de reincidencia en el delito de violencia de género y amenazas.

Y con respecto al delito de allanamiento de morada, también han declarado su culpabilidad por unanimidad porque el propio acusado reconoció en su primera declaración tras los hechos que entró por la fuerza en la casa, además de que las pruebas, como las huellas, indican que golpeó la puerta desprendiendo buena parte del tablero.

El jurado popular no ha aceptado las propuestas de petición de suspensión de la ejecución de la pena ni de posible indulto por la gravedad de los hechos.