El bipartito se opone a mantener Olivar de los Pozos

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PP y Vox ordenan a los servicios jurídicos municipales que recurran una sentencia que reconoce a los vecinos el derecho a que el Ayuntamiento asuma el cuidado de la urbanización

El bipartito se opone a mantener Olivar de los Pozos - Foto: Yolanda Redondo

La Junta de Gobierno ha ordenado a los servicios jurídicos municipales que inicien acciones judiciales para oponerse a la sentencia que obliga al Ayuntamiento de Toledo a asumir el mantenimiento de la urbanización Olivar de los Pozos. Según el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Toledo la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación ha cumplido en sus más de 30 años de existencia los fines para los que fue constituida y procede, por tanto, su disolución. 

Un informe del Servicio de Planeamiento municipal explica que la sentencia da la razón a estos vecinos en el recurso que promovieron contra la desestimación que la propia Junta de Gobierno acordó sobre la solicitud que presentaron para que el Ayuntamiento se hiciera cargo del mantenimiento y conservación de la urbanización. 

Aquella denegación se basó en que la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación se registró en 1988, antes de la LOTAU (ley del suelo regional), siendo de aplicación el Reglamento de Gestión Urbanística que no establece un plazo de duración de las entidades de conservación. 

Sin embargo el artículo 30 de ese reglamento señala que la disolución de las entidades se produce por el cumplimiento de sus fines. 

Por contra, la Jurisprudencia confirma la naturaleza temporal de las entidades de conservación, habiéndose citado por la Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación diversas sentencias que vienen a proclamar la duración limitada del deber de conservación de la urbanización a cargo de los propietarios.

Tan solo debe producirse el requisito de verificar si la Entidad Urbanística ha cumplido con los fines para los que fue creada. 

Pues bien, «dicha cuestión ha sido acreditada» por el Juzgado en el caso del Olivar de los Pozos que estima el recurso interpuesto frente al acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno en sesión del 3 de agosto de 2021 que desestimó el recurso de reposición presentado contra la denegación de la solicitud de asunción por parte del Ayuntamiento del mantenimiento y conservación de ese ámbito urbanístico.

Los argumentos de los vecinos, recalcan que el fundamento de la Entidad de Conservación era cargar sobre los propietarios la conservación y el mantenimiento de una urbanización que en el momento de su creación no se encontraba integrada en el suelo urbano pero  que «esta obligación no es de carácter indefinida, sino temporal».