El Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Toledo ha condenado al Ayuntamiento de Polán por negar el acceso a información a un concejal de la oposición. Ha apreciado esta vulneración del derecho fundamental a la participación política del edil socialista Antonio Jiménez Somacarrera en una resolución del alcalde ‘popular’ Alberto Virseda.La resolución ha quedado anulada, con una expresa condena al Consistorio a abonar las costas del procedimiento. La sentencia en cuestión puede ser recurrida por el Consistorio monteño ante el Tribunal Superior de Justicia de la región.
En concreto, el titular del Juzgado Santiago Corral resuelve sobre un recurso presentado por vulneración de sus derechos por el ya exconcejal del PSOE, que fue teniente de alcalde hasta 2011 y tras esta la pasada legislatura en la oposición se retiró de la política municipal. En su recurso, el edil enumera una serie de peticiones de información al alcalde no atendidas durante el año 2014. Entre ellas, figuraba datos de obras adjudicadas a la empresa Cabello Máquinas y Equipos con la pregunta de si se habían solicitado presupuestos a otras, los gastos efectuados en un Homenaje a la Bandera, explicación de las funciones dadas a la empresa de tratamientos de agua Acuaser, el número de horas extras realizadas por los trabajadores municipales, los criterios seguidos para la contratación temporal de trabajadores por el Consistorio, y el número de préstamos e intereses correspondientes que soporta el Ayuntamiento. Todas estas cuestiones fueron sistematizadas en una enésima petición que Jiménez presentó a la atención de Virseda el 12 de enero de este año.
El alcalde le respondía con una resolución en la que citaba al entonces concejal opositor para responder a estas cuestión a que acudiera a la nave municipal el día 21 de enero, a las ocho horas.
Jiménez Somacarrera entendió, como dijo al presentar su recurso, que la cita en la Nave Municipal no era «más que una maniobra para denegarle el acceso a la información solicitada». La única justificación que veía al lugar en que se le citaba era la de «enfrentar a los trabajadores -a los que afectaba parte de las cuestiones en las que pedía aclaración el edil. con el solicitante de la información».
El juez da la razón al concejal en su apreciación, y considera «probado que la citación en la nave municipal, dado que la información solicitada afectaba en algunos extremos a los trabajadores municipales, tenía por objeto cuestionar la labor del concejal solicitante de información ante dichos trabajadores». Valora esto como «una actuación restrictiva y obstruccionista al derecho a la participación política, por lo que se impone la estimación del recurso».
La información municipal se da en el Ayuntamiento.
El concejal también ponía en duda que se le fuera a informar de lo que preguntaba en la nave municipal porque la documentación que solicitaba «no puede salir de las dependiencias municipales», entendiendo como tales la Casa Consistorial.
El juez acepta este planteamiento tras la declaración en el procedimiento de la secretaria del Ayuntamiento que dijo claramente que la documentación municipal «se encuentra en la sede del Consistorio». El magistrado también valora «la ausencia de explicaciones por parte de la Administración demandada».
Este medio ha intentado contactar con el alcalde Virseda para conocer su valoración de este asunto. Esto no fue posible ayer.