Finalmente, el entrenador del CD Madridejos, Álex Miranda, ha sido castigado con 21 partidos de sanción por los supuestos insultos y la agresión a uno de los asistentes, según el colegiado, del partido de vuelta de los 'playoff' de ascenso a Tercera Federación frente al Manzanares CF, disputado el pasado domingo en el Campo Nuevo.
Así, el Juez Único ha estimado que son tres partidos de castigo "por dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración, imponiéndose la presente sanción en su tramo superior, al haberse apreciado la agravante de reincidencia".
Además, incluye seis partidos más por, "tras lo anterior, agarrar, empujar, zarandear o producirse, en general, con otras actitudes hacia los árbitros o a sus asistentes, que, por solo ser levemente violentas, no acreditan ánimo agresivo por su parte".
Son dos partidos más por, una vez finalizado el partido, "volver a dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración", además de diez por, "tras todo lo anterior, agredir al árbitro, asistentes, directivos o autoridades deportivas, de forma única y sin originar consecuencias dañosas".
Evidentemente, el CD Madridejos va a recurrir una sanción que considera exagerada. El propio entrenador reconoce sentirse "impotente" por recibir esta sanción por algo que no ha cometido. Y es que, insiste en que en ningún momento insultó al asistente, y que, ni mucho menos, se fue al centro del campo al finalizar el choque para agredirlo. Se adjuntarán imágenes que revelan que el técnico se fue con su familia y a saludar al entrenador rival, y no al medio campo para propinar una patada al árbitro asistente.
Por lo demás, el CD Madridejos ha sido sancionado económicamente "por incidentes leves de público, producidos, según el acta, al término del encuentro, cuando un gran número de aficionados del club ahora sancionado, lanzaron a los árbitros esputos, botellas de agua, vasos de agua, a la vez que proferían insultos, habiéndose calificado tales hechos como leves, al no recogerse en el acta que los objetos y esputos lanzados por los aficionado del club ahora sancionado, llegaran a alcanzar a alguno de los árbitros". Además, se hace constar que en la imposición y graduación de la presente sanción, se ha tenido en consideración la agravante de reincidencia.
Finalmente, también se le ha impuesto una multa "por conducta contraria al buen orden deportivo cuando se califique como grave". Y es que, el Juez Único de Competición entiende que "no otra consideración merecen a este órgano disciplinario los hechos recogidos en el acta y datados temporalmente a la finalización del partido, cuando los integrantes y directivos del club ahora sancionado, lejos de impedir o al menos minorar los incidentes que estaban protagonizando sus aficionados (y que han motivado la resolución sancionadora complementaria a la presente), tomaron parte activa en los mismos, por lo que, siendo imposible su sanción individualizada al desconocer la identidad de cada uno de los participantes y no contar con licencia federativa los directivos, no se les sanciona de forma individualizada, lo que no impide la sanción al club al que representaban al momento de cometer los hechos ahora sancionados al venir tipificados en el artículo al margen referenciado. Se hace constar que en la imposición y graduación de la presente sanción, se ha tenido en consideración la agravante de reincidencia".