La nueva ordenanza de venta ambulante va el martes a Urbanismo

Galán
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Su aprobación permitiría la venta de frutas, verduras o fiambres en los mercados locales, prohibido en Toledo desde los años ochenta. La nueva normativa también afectaría al tamaño de los puestos, apostando por la homogeneidad en los mismos

La nueva ordenanza de venta ambulante ha sido aprobada en la comisión de Planeamiento. - Foto: Rubén Serrallé

Se trata de una normativa que se lleva gestionando y preparando desde hace más de un par de años, pero entre unas cosas y otras, además del respectivo cambio de gobierno, no había terminado de fructificarse. Ahora puede ser la ocasión, debido a que el próximo martes en la comisión de Urbanismo, el área de Promoción Económica y Empleo del Consistorio planteará la aprobación de la nueva ordenanza.

Fue en los inicios del año 2022 cuando el anterior equipo de gobierno comenzó a trabajar en esta regulación, sin lograr aprobarla a tiempo durante su mandato. Ya en septiembre de 2023, el bipartito aprobó en Junta de Gobierno una consulta pública previa a la redacción del texto. Dos meses después, se aprobó el proyecto de modificación de la normativa vigente hasta el momento.

El caso es que sea cual fuere el procedimiento llevado a cabo todo hace indicar que no habrá mayores inconvenientes para que la comisión apruebe la ordenanza el próximo martes y elevarla, por tanto, a su definitivo visto bueno en el Pleno Municipal. Si esto ocurre permitirá -como principal novedad de la ordenanza- que en los mercadillos semanales de la ciudad, así como en otros ocasionales, se vendan nuevos productos tales como fruta, verduras, cereales, legumbres, bollería, panadería, productos de herbolario, fiambres o especias, entre otros. Lo que seguirá sin estar autorizado será la venta de carnes o pescados.

Un nuevo catálogo de posibilidades para el consumidor que responde a una demanda histórica de los consejos de participación ciudadana de la ciudad y que levantaría así una prohibición sobre estos productos que cayó en la ciudad en los años ochenta. El origen de la prohibición de la venta de alimentos frescos en Toledo reside en la polémica del «síndrome tóxico del aceite de colza» que golpeó a toda España en la década de los años ochenta. La detección de anilina, una sustancia perjudicial para la salud en este producto tan común en los mercadillos de venta ambulante, provocó que los controles sanitarios fueran mucho más estrictos en cuanto a esta comercialización. Posteriormente, las diversas localidades fueron levantando esta prohibición, cosa que en Toledo aún no se ha producido.

La normativa que se someterá a debate este martes también contempla una homogeneización de los puestos de venta ambulante, ya que la actual ordenanza de 1993 contempla hasta 20 tipos de dimensiones. La nueva registra que en el caso del mercado del Casco deberán los establecimientos móviles deberán medir entre 4 y 10 metros lineales y entre 2 y 4 de fondo. En el caso de los ubicados en el Polígono se matiza que los metros de fondo serán entre 3 y 4.

ALEGACIONES. Como previa a esa comisión de Urbanismo, el Grupo Municipal Izquiera Unida-Podemos ha presentado una quincena de alegaciones al texto presentado, algunas de ellas relativas a la adjudicación de los puestos en los mercadillos o la autorización de la transmisión de la persona encargada de velar por el establecimiento, entre otras, siendo rechazadas la totalidad de las mismas.