La ordenanza reguladora de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) afronta ya la fase de consulta pública previa a su implementación, que deberá recibir antes el visto bueno del pleno municipal. El Ayuntamiento de Talavera ha dado este nuevo paso en el proceso que concluirá con la entrada en vigor de este documento con el que se pretende dar cumplimiento a la obligación legal de establecer un área de bajas emisiones en las ciudades con más de 50.000 habitantes, como es el caso de Talavera, con vistas a reducir los contaminantes atmosféricos generados principalmente por el tráfico rodado.
Esta fase de consulta pública se extiende por un periodo de 15 días naturales desde el pasado viernes 28 de febrero, tiempo durante el que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que lo consideren oportuno podrán hacer llegar sus opiniones mediante escrito que podrán presentar de forma telemática o presencial en el registro del Ayuntamiento.
La ordenanza persigue regular los supuestos reales para la activación de esta ZBE en Talavera. Para ello, detalla los requisitos y medidas a adoptar en caso de activación de la ZBE. Como ya avanzaron desde el equipo de Gobierno, las medidas restrictivas se activarán solo cuando se superen los niveles máximos de contaminación, algo que queda recogido en el documento, donde se hace hincapié en que las medidas serán «proporcionadas» y estarán «justificadas por las necesidades reales del municipio».
Se ratifica en esta ordenanza que esta ZBE, que comprende el área de Conjunto Histórico y la calle Trinidad, se activará «cuando se detecten niveles de contaminación que superen los umbrales establecidos por la normativa vigente en materia de calidad del aire». Esto se comprobará a través de mediciones por sistemas de monitoreo de la calidad del aire y se comunicará a la ciudadanía mediante los canales oficiales del Ayuntamiento, con paneles instalados en las principales vías de acceso a la ciudad y en la web municipal, entre otros.
La ordenanza especifica que la Concejalía de Medio Ambiente será la encargada de emitir el informe correspondiente, en el que se detallarán las medidas a adoptar para proteger la salud pública y el medio ambiente. Desde que se emita este informe, habrá un plazo de 12 horas para la puesta en marcha efectiva de la ZBE y la aplicación de las medidas restrictivas. Entre ellas figuran restricciones de acceso, circulación y estacionamiento, así como limitaciones de acceso para determinados vehículos según su clasificación ambiental.
En este punto, si se superan los niveles permitidos, podrán circular por la ZBE los vehículos con distintivo 0 emisiones y ECO;los de distintivo C tendrán acceso restringido a determinadas franjas horarias y calles;y los del B y A además de los que no poseen distintivo ambiental no podrán acceder a esta ZBE, salvo excepciones recogidas en la ordenanza.
Es el caso de los vehículos de servicios de emergencia y fuerzas de seguridad; transporte público y servicios municipales;de transporte de personas con movilidad reducida;residentes en la ZBE o usuarios de plazas de garaje en propiedad o alquiler, que deberán tener un permiso anual renovable.
En concreto, los propietarios o conductores que quieran obtener la autorización para acceder, circular y estacionar por la ZBE deberán presentar una solicitud ante el Ayuntamiento y, en función del vehículo y la actividad, presentar la documentación requerida para su concesión. Tras evaluar la petición, si es viable se concederá la autorización correspondiente, que permitirá la verificación automática a través de los sistemas de control y vigilancia instalados en la zona. Este permiso se concederá por periodos máximos de 12 meses, renovables de forma automática por la administración si no hubiera cambios.
Se establece un plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ordenanza para solicitar esta inscripción en el Registro Municipal de Vehículos Autorizados para el acceso a la ZBE. En este plazo de seis meses, si se activaran las restricciones, no habría sanciones a los conductores en esta ZBE, según ha asegurado Muñoz al respecto.
En las excepciones figuran también otros vehículos como los destinados a actividades comerciales y de suministro o carga y descarga, pero deberán estar inscritos también en este registro municipal. Los vehículos de transporte escolar y colectivo que cumplan la normativa de emisiones y estén autorizados también podrán acceder en horarios definidos. Asimismo, el Ayuntamiento podrá autorizar de manera temporal el acceso a la ZBE en casos excepcionales o razones como mudanzas, obras o en casos de interés público, entre otros.
Otras de las medidas restrictivas cuando se superen los niveles de contaminación son el fomento del transporte público;la intensificación de los controles de tráfico; campañas de información;y limitaciones en actividades contaminantes como obras públicas o eventos con elevado uso de maquinaria y vehículos de motor. Una vez activadas, se hará un seguimiento de estas medidas por parte de las concejalías de Medio Ambiente y de Seguridad Ciudadana.
Niveles máximos. Los valores límites establecidos para los indicadores de la calidad del aire y garantizar la salud son los contemplados por la Directiva (UE) 2024/2881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, tal y como ha señalado a este diario la concejala de Seguridad Ciudadana, Macarena Muñoz. Además, la edil ha avanzado que se está trabajando en la elaboración de una página web específica para todo lo relacionado con la ZBE de Talavera y que se puede consultar desde el portal de Medio Ambiente de la web municipal la calidad del aire con los datos de la estación situada en la ciudad, con actualizaciones constantes de las cifras a disposición de toda la ciudadanía.
En cualquier caso, la edil ha querido reiterar que, con carácter general, todos los vehículos podrán acceder, circular y estacionar dentro de la ZBE, siempre que estos datos de calidad del aire no indiquen que se han superado los niveles establecidos.
Por todo, la ZBE funcionará en función de estos niveles, tanto en lo que respecta a la circulación como al estacionamiento de vehículos. Ambos, en caso de episodios de alta contaminación, podrán restringirse o condicionarse a los vehículos que cumplan con las especificaciones de bajas emisiones.